El municipio victoriense adhirió a las recomendaciones provinciales para ser tenidas en cuenta por las autoridades locales en la etapa de flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el desarrollo de las actividades físicas y/o deportivas individuales, referentes al trote recreativo saludable y al ciclismo, también anexadas al decreto.
Actividades gastronómicas y afines
La norma establece que las actividades gastronómicas y afines, así como las de alojamiento y afines, se realicen de lunes a domingos de 8:00 a 24:00 horas, debiendo funcionar los locales y/o establecimientos con una reducción del 50% de la capacidad habilitada.
Trote recreativo saludable
En lo que respecta al trote recreativo saludable, tendrán como lugares de desarrollo la Avenida Costanera Dr. Pedro Radío -la que permanecerá cerrada al tránsito vehicular por razones de seguridad y para aprovechar también como circuito la calzada-, la zona rural y la zona de quintas hasta el límite de Ejido Municipal.
De la misma manera se dispone que estas actividades saludables podrán desarrollarse de lunes a domingos de 8:00 a 18:00 horas, debiéndose respetar el distanciamiento social y la realización de la actividad de manera individual.
Ciclismo
En el caso del ciclismo, que tiene los mismos días y horarios tendrán como lugar de desarrollo la zona rural y la zona de quintas, quedando prohibida por el momento en la Costanera.
También requiere que se respete el distanciamiento social y la realización de la actividad de manera individual.
El articulado resalta que las actividades enunciadas deben dar estricto cumplimiento de los protocolos aprobados para su funcionamiento y ejercicio.
Horarios Comerciales
A partir del pedido del Centro Comercial y el Sindicato Empleados de Comercio y de la actual situación de la pandemia Covid 19 en nuestra ciudad, el intendente Maiocco aprobó el decreto 507 en donde se establecen nuevos horarios comerciales para diferentes rubros.
• Comercios minoristas (tiendas, mercerías, zapaterías, artículos del hogar, librerías, regalerías, etc.); Actividades de Servicios y/u Oficios vinculadas a "Cuidados Personales" (peluqueros/as, podólogos/as, manicuros/as, etc.) y Actividades de Servicios y/u Oficios vinculadas a "Cuidados no Personales" (plomeros, gasistas, pintores, talleres, lavaderos de vehículos, etc.): el horario comercial habilitado es de lunes a sábados de 9:00 a 19:00.
• En lo que respecta a supermercados, kioscos, almacenes, rotiserías, venta de comidas, etc., los horarios habilitados son de lunes a domingo de 8:00 a 21:00.
En todos los casos se mantienen vigentes los protocolos relacionados con la pandemia en materia de circulación y distanciamiento de personal y clientes, y las cantidades máximas de clientes que pueden ingresar por vez.