Con la reforma que entró en vigencia, "los empleados, integrantes del Departamento Ejecutivo y de los Concejos Comunales, siempre y cuando percibieren haberes mensuales, quedarán obligatoriamente comprendidos en los regímenes del Iosper y de la Caja de Jubilaciones y Pensione de la Provincia de Entre Ríos".
"Esto fue la solución a una problemática que se generaba a partir de la reforma de 2011 y la sanción de la Ley de Comunas, donde el personal que prestaba funciones en la comuna y era incorporado como personal del Estado no podía ser incorporado en el Iosper, porque no estaba contemplado en la Ley del Instituto, debido a que las comunas no existían".
ADRIÁN GÓMEZ: "Por ello fue necesario trabajar con las autoridades del Ejecutivo y con los legisladores para lograr una norma que permite a los trabajadores de las comunas poder adherirse a la obra social".
En ese sentido, detalló que "muchos trabajadores hacían consultas para adherirse, pero no lo podíamos resolver porque no teníamos marco legal para hacerlo. Pero ahora, con esta nueva ley, llevaremos tranquilidad a los trabajadores de comunas, quienes podrán acceder a la obra social".
Fuente: AIM