Municipales
Resarcimiento económico para los municipales de Villa Mantero
Los trabajadores municipales de Villa Mantero recibieron un resarcimiento económico en parte de una deuda salarial que data del año 2019. La misma fue contraída por Decreto 66/19 al Personal de Planta por más de 6 millones de pesos.
Se trata de dinero adeudado por la gestión anterior y que el gremio había venido reclamando desde entonces, en la lucha por recuperar su salario.
Luego de dos años de diálogo y diversas reuniones con la gestión actual del intendente Hernán Niz, las partes mantuvieron una reunión el pasado día 21 de julio del 2021, donde se acordó la forma de cómo resolver dicha deuda, que fue plasmada en una nota dirigida al Gremio AOEM (Asociación de Obreros y Empleados Municipales), el día 2 de Agosto del 2021.
En dicho mes, se ratificó finalmente el compromiso de saldar la deuda salarial y realizar las futuras entregas en los meses de octubre y diciembre del presente año.
El valor del diálogo
Gustavo "Tachi" Alba, Secretario General del gremio de base afirmó: "Nuestro propósito desde la AOEM es siempre mantener el diálogo entre las partes: Gremio y Ejecutivo. Creemos que ése es el camino».
Alba: «En cada logro obtenido se encuentra la FESTRAM y sus máximos referentes, y cada Gremio adherido de la provincia de Entre Ríos".
Por su parte, desde la Federación Entrerriana de Sindicatos de Trabajadores Municipales (FESTRAM) celebraron el acuerdo y pusieron en valor «la unión de la Familia Municipal para solucionar los conflictos», para que los trabajadores puedan -en definitiva- gozar del dinero que les pertenece.
Municipales
Tras una denuncia de trabajadoras municipales, ordenaron a intendenta a capacitarse en violencia laboral
Romina Lucila Corradini y su compañera Elida Vargas acudieron a la Justicia luego de que en diciembre último la intendenta de San Jaime de la Frontera, en el departamento Federación-, Miriam Díaz (Juntos) las desafectara de su lugar de trabajo –eran administrativas en el Corralón Municipal- y las enviara a la calle, a realizar taras de barrido, poda y limpieza de cordones cuneta y, además, les redujera el salario.
En primera instancia, el Juzgado de Paz de San Jaime de la Frontera se declaró incompetente para dictaminar frente a la denuncia que se enmarcó como violencia y discriminación en el ámbito laboral. Entonces, el caso recayó en manos del juez Civil y Comercial N° 2 de Chajarí, Mariano Luis Velasco, que ordenó a la intendenta Díaz a "proceda a reestablecer el ingreso o retribución correspondiente a los servicios" de las trabajadoras, "debiendo abstenerse de incurrir en cualquier práctica discriminatoria o desigual en este aspecto", y les otorgue "funciones o tareas acordes a su capacidad psicofísica, evitando la asignación de aquellas que resulten perniciosas para la integridad psicofísica o afecten la dignidad de la denunciante".
El juez se apoyó en un informe del Equipo Interdisciplinario, firmado por la licenciada en Trabajo Social Florencia Siviero y el licenciado en Psicología Guillermo Grubert, firmado el 19 de marzo último, que encontró creíbles los relatos de las denunciantes. En cambio, se reprobó la actitud de la denunciada intendenta de San Jaime, quien, según los profesionales que la evaluaron, "se mostró poco colaboradora, dando respuestas rígidas y sobreestructuradas, por lo que fue muy dificultoso avanzar en la entrevista, y se limitó a negar que el municipio la tenga como empleada a la denunciante, sea con ´contrato de servicio´ o de cualquier otra forma, como también, que haya mantenido entrevista con ella; no obstante, entre los escasos aportes que hizo, expresó que ´estas dos mujeres van y prestan servicios en el Corralón, yo le dejo las tareas por hacer (que se las imparte) mi jefe de obras públicas, Fabián Zufiaurre. Pero para mí no son empleadas del municipio´, y que los sueldos son en relación ´a un escalafón´».
El Municipio de San Jaime apeló el fallo de primera instancia e intervino la Cámara del Trabajo de Concordia, integrada por los jueces Héctor R. Salarí, María Josefina Pace y Carolina Goñe, que rechazó "por manifiestamente improcedente el planteo efectuado por la denunciada, en cuanto el mismo resulta manifiestamente contradictorio con lo que su propia parte manifestó ante los integrantes" del Equipo Técnico.
"En ese marco –dijo la Cámara-, resulta innegable que corresponde reprocharle a su parte que por un lado continúe negando en esta instancia el vínculo que unía a la denunciante con el municipio y por otro no se haga cargo que, tal como fue advertido por el juez de grado, su parte era la que estaba en mejores condiciones de poder presentar los registros, contratos y documentación en la que figuraba la Sra. Corradini".
Fuente: Entre Ríos Ahora
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