Regularización de deudas con beneficios para sus contribuyentes

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Como todos los años, a través del Decreto 716, el Departamento Ejecutivo dispone la vigencia de un régimen de condonación de intereses y multas para todo tipo de tributos municipales. Incluye todos los tributos vencidos y adeudados al 30 de abril de 2019 y por todos los períodos no prescriptos. Es decir, por aquellos que el fisco está habilitado para cobrar al contribuyente.

Beneficios

En cuanto a los beneficios de acceder a la regularización, una vez analizada la situación fiscal del interesado por el municipio, se abren diferentes opciones al contribuyente:

Pago de contado: quita de multas e intereses del 100 %.

Pago de su deuda fiscal hasta en 6 pagos iguales y consecutivos: quita de multas e intereses del 80 %.

Pago hasta en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: quita de multas e intereses de 60 %.

Para acceder a cualquiera de estos beneficios, el contribuyente deberá tener canceladas sus deudas fiscales posteriores al 30 de abril de 2019.

Procedimiento

Al momento de celebrar el régimen de regularización con el municipio, el trámite administrativo implica pagar el sellado municipal, el que deja constancia de su adhesión, y abona la primer cuota o cancelación de contado. El mismo se podrá realizar de 7.30 a 12.30 horas, hasta el día 28 del corriente.

Medios de pago

El municipio cuenta con todos los medios de pago disponibles: "No es necesario que el contribuyente venga al municipio, ya que lo puede realizar a través de la web municipal y cancelarlo con alguno de los medios de pago habilitados: Redlink, Pago Mis Cuentas, Pago Fácil, Servicios de Entre Ríos o la nueva plataforma a través de Pay per TIC, empresa que ofrece una amplia gama de pagos mediante tarjetas de crédito y débito, o bien informando el contribuyente su CBU bancario", informó la supervisora de Rentas, María Marta Eguiazú, quien agregó: "Lo interesante que ofrece esta empresa es que, una vez adherido al pago por Pay per TIC, días antes del vencimiento de cada cuota, la empresa le va a estar recordando su vencimiento".

Por último, la funcionaria recalcó que "Es una muy buena oportunidad para que el contribuyente pueda cancelar las deudas que tenga con el municipio".

Vencimientos de tasas municipales

Por otra parte, se recuerda que la tasa de Servicios Municipales presenta dos vencimientos: los días 10 y 20 de cada mes, o día hábil inmediato siguiente. Hasta el día 10 -primer vencimiento- opera el descuento por pronto pago.

En cuanto a la tasa de Servicios Municipales con consumo medido, los vencimientos corresponden a los días 15 y 25 de cada mes, o día hábil inmediato siguiente.

La tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, vence los días 21 de cada mes, o día hábil inmediato siguiente.

Todos los contribuyentes por el Régimen General de la tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, deben tramitar su clave fiscal en el Municipio para hacer la presentación de la

Declaración Jurada de la Tasa Comercial. En caso de no realizar en término dicha presentación, se le genera una multa por incumplimiento de los deberes formales.

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