La Dirección de Recursos Naturales dispuso reducir en un 50 por ciento el cupo de extracción total de pescado del río Paraná con jurisdicción provincial, entre julio y diciembre.
La medida, aprobada mediante resolución 804, responde a la disposición judicial en respuesta a una demanda en ese sentido, por lo cual se instaba al gobierno provincial a evaluar medidas de protección efectivas que garanticen la recuperación y uso sustentable del recurso ictícola.
Además, se indicó que "forma parte del trabajo que viene desarrollando el Ministerio de Producción, teniendo en cuenta que los problemas que acontecieron a partir de la bajante extraordinaria, no sólo afectaron la actividad productiva -específicamente la pesca-, sino además cuestiones de preservación del ambiente tales como el recurso agua y la fauna ictícola que la habita".
La Dirección de Recursos Naturales informó que, como autoridad local de aplicación de la ley provincial de pesca, continúa tomando las medidas que considera necesarias para enfrentar esta bajante histórica de los niveles hidrométricos del río Paraná.
Desde la repartición provincial, señalaron que "se estableció un cupo de extracción y acopio total de pescado de río de jurisdicción provincial para los meses de julio a diciembre, de 3.273,26 toneladas, para la especie sábalo y el denominado pescado de línea -especies comerciales acompañantes, según terminología Ebipes (Evaluación Biológica y Pesquera de Especies del Río Paraná)".
Cabe destacar que la resolución se ajusta a "los lineamientos fijados por las autoridades interjurisdiccionales obtenidos de la Comisión de Pesca Continental para la reducción del cupo de exportación", según señala uno de sus considerandos.
La asignación de este cupo en particular será realizada de conformidad al volumen de extracción registrado durante el ejercicio 2019 y con idéntica reducción a la ordenada judicialmente, y teniendo en cuenta las particularidades propias de cada actor de la cadena pesquera.
Para esto, según indicaron desde el organismo oficial, "se fija un plazo hasta el 15 de agosto de 2020 para que las pesquerías realicen la presentación de una solicitud, indicando el volumen a extraer durante el período julio a diciembre de 2020, en función a un fraccionamiento mensual razonable. En caso de no presentarse a término, la asignación de los cupos será realizada de oficio por la Dirección de Recursos Naturales de la provincia".
Asimismo, se aclaró que en el caso de los frigoríficos con autorización para exportar, el volumen de extracción y acopio será determinado conforme a pautas precedentes, ponderadas según porcentajes promedio de las asignaciones de cupos de exportación emitidos por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación".
Además, la presente resolución dispone la no emisión de guías de transporte de productos de la pesca una vez alcanzados lo volúmenes autorizados.
Por otro lado, ratifica "la prohibición de la pesca comercial y deportiva en aguas del río Paraná de jurisdicción provincial y de acopio de productos de pesca los días martes (de 00 a 24 horas), viernes desde las 00.00. hasta el domingo a las 24; feriados nacionales y provinciales por el término de ciento veinte días corridos, por lo que en virtud del principio de economía procesal corresponde condensar los mandatos dictados por el órgano jurisdiccional interviniente en único acto administrativo".