Recurrente: El respeto por las normas de tránsito sigue siendo transgredido en Victoria

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Como en todas las ciudades, la vía pública de Victoria se encuentra demarcada conforme a un sistema de reglas de circulación, las cuales se expresan a través de las señales, símbolos y marcas de ordenamiento vial. Dichas señales son los medios que indican a los usuarios la forma adecuada y segura de circular.

En este caso, un espacio exclusivo para el estacionamiento de motos fue avasallado por el aparcamiento de automóviles, a pesar de estar demarcado con la línea horizontal amarilla y el cartel correspondiente correspondiente.

La situación no es nueva, y forma parte del paisaje cotidiano de las Siete Colinas. A pesar de ser algo básico, muchos conductores olvidan que para estacionar sus automóviles hay una serie de reglas, que deben ser respetadas en pos de garantizar la seguridad vial de los transeúntes.

El conocimiento de dichas reglas, es un requisito para aprobar el examen de conducir en Victoria y -aún así-, existen muchas personas que lo olvidan: "¿Dónde está permitido estacionar y dónde no?", "¿cómo hacerlo?", "¿existen sanciones?", son preguntas habituales que son respondidas de forma inmediata por una correcta educación vial.

Todos los conductores tienen claro que el estacionamiento debe realizarse en lugares en que no esté expresamente prohibido y sobre el costado derecho, atento al sentido de circulación. De esto se puede entender que la acción de estacionar implica mantener detenido un vehículo en la vía pública por un tiempo prolongado. No obstante, hay situaciones en que -simplemente- no se puede estacionar un vehículo como y donde a uno se le venga en gana, situación ilustrada con las fotos que acompañan la nota tomadas en el estacionamiento de motos de calle Mitre y 9 de Julio -enviada por nuestros lectores-, pues para eso hay algunas reglas que deben ser respetadas por todos, para mantener y garantizar un buen ordenamiento vial.

Normas para estacionar

1) El estacionamiento debe efectuarse paralelo al cordón de la vereda, pero lo que a lo mejor no sabías es que debe realizarse a una distancia no menor a los cinco metros del borde más próximo de la senda peatonal demarcada o imaginaria.

2) Tanto el estacionamiento sobre el costado izquierdo de la calzada, como el estacionamiento a 45 grados, debe ser dispuesto por la autoridad de aplicación en forma expresa y sólo permitido en aquella vías publicas que tengan un ancho de calzada superior a los nueve metros.

3) ¿Cuál es la diferencia entre estacionamiento y detención? Se considera estacionamiento cuando la detención del automotor en la vía pública, con o sin conductor, permanece por más tiempo que el necesario para efectuar el ascenso o descenso de personas o equipajes o cargas o que la inmovilidad del automotor responda a otros fines. En cambio, cuando la permanencia del automotor en la calzada es la indispensable para efectuar el ascenso o descenso de personas, equipajes o cargas, a excepción del conductor, se lo considera "detención".

4) El estacionamiento debe realizarse con una separación de la ruedas a una distancia no mayor de 20 centímetros del cordón, y a una distancia entre paragolpes de 50 centímetros como mínimo.

5) Todos sabemos que está prohibido estacionar en las aceras, espacios públicos en general o frente a la entrada de garajes, sin embargo, es importante saber que tampoco se puede estacionar en los cinco metros anteriores y posteriores de una senda peatonal o ciclística y mucho menos sobre las sendas mencionadas.

6) Tampoco se puede estacionar el auto a menos de 10 metros de las paradas de vehículos del transporte público de pasajeros.

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