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Sociedad

Recurrente: El respeto por las normas de tránsito sigue siendo transgredido en Victoria

Hay lugares habilitados para cada tipo de vehículos pero algunos conductores deciden hacer caso omiso a las indicaciones ¿Cuál es el límite?

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Como en todas las ciudades, la vía pública de Victoria se encuentra demarcada conforme a un sistema de reglas de circulación, las cuales se expresan a través de las señales, símbolos y marcas de ordenamiento vial. Dichas señales son los medios que indican a los usuarios la forma adecuada y segura de circular.

En este caso, un espacio exclusivo para el estacionamiento de motos fue avasallado por el aparcamiento de automóviles, a pesar de estar demarcado con la línea horizontal amarilla y el cartel correspondiente correspondiente.

La situación no es nueva, y forma parte del paisaje cotidiano de las Siete Colinas. A pesar de ser algo básico, muchos conductores olvidan que para estacionar sus automóviles hay una serie de reglas, que deben ser respetadas en pos de garantizar la seguridad vial de los transeúntes.

El conocimiento de dichas reglas, es un requisito para aprobar el examen de conducir en Victoria y -aún así-, existen muchas personas que lo olvidan: "¿Dónde está permitido estacionar y dónde no?", "¿cómo hacerlo?", "¿existen sanciones?", son preguntas habituales que son respondidas de forma inmediata por una correcta educación vial.

Todos los conductores tienen claro que el estacionamiento debe realizarse en lugares en que no esté expresamente prohibido y sobre el costado derecho, atento al sentido de circulación. De esto se puede entender que la acción de estacionar implica mantener detenido un vehículo en la vía pública por un tiempo prolongado. No obstante, hay situaciones en que -simplemente- no se puede estacionar un vehículo como y donde a uno se le venga en gana, situación ilustrada con las fotos que acompañan la nota tomadas en el estacionamiento de motos de calle Mitre y 9 de Julio -enviada por nuestros lectores-, pues para eso hay algunas reglas que deben ser respetadas por todos, para mantener y garantizar un buen ordenamiento vial.

Normas para estacionar

1) El estacionamiento debe efectuarse paralelo al cordón de la vereda, pero lo que a lo mejor no sabías es que debe realizarse a una distancia no menor a los cinco metros del borde más próximo de la senda peatonal demarcada o imaginaria.

2) Tanto el estacionamiento sobre el costado izquierdo de la calzada, como el estacionamiento a 45 grados, debe ser dispuesto por la autoridad de aplicación en forma expresa y sólo permitido en aquella vías publicas que tengan un ancho de calzada superior a los nueve metros.

3) ¿Cuál es la diferencia entre estacionamiento y detención? Se considera estacionamiento cuando la detención del automotor en la vía pública, con o sin conductor, permanece por más tiempo que el necesario para efectuar el ascenso o descenso de personas o equipajes o cargas o que la inmovilidad del automotor responda a otros fines. En cambio, cuando la permanencia del automotor en la calzada es la indispensable para efectuar el ascenso o descenso de personas, equipajes o cargas, a excepción del conductor, se lo considera «detención».

4) El estacionamiento debe realizarse con una separación de la ruedas a una distancia no mayor de 20 centímetros del cordón, y a una distancia entre paragolpes de 50 centímetros como mínimo.

5) Todos sabemos que está prohibido estacionar en las aceras, espacios públicos en general o frente a la entrada de garajes, sin embargo, es importante saber que tampoco se puede estacionar en los cinco metros anteriores y posteriores de una senda peatonal o ciclística y mucho menos sobre las sendas mencionadas.

6) Tampoco se puede estacionar el auto a menos de 10 metros de las paradas de vehículos del transporte público de pasajeros.

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Economía popular

Un informe advierte que la pérdida de poder adquisitivo ya es la más fuerte desde la crisis del 2001

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El poder adquisitivo de las familias cayó este año a niveles récords, que no se veían desde el 2001. El salario mínimo perdió 1,3% en octubre, y entre noviembre 2023 y octubre acumula una pérdida de 28%, según un informe elaborado por el Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. Se trata de la caída de ingresos más fuerte desde la crisis del 2001.

La fuerte caída se explica por el aumento de la inflación, con el pico de 25,5% de diciembre tras la devaluación, y del alza de las tarifas.

El reporte "Panorama del empleo asalariado formal y de las remuneraciones" muestra que la merma del salario se inició en diciembre de 2023, cuando se contrajo 15% de la mano de la aceleración inflacionaria y se profundizó aún más en enero con una caída del 17%. Esta tendencia se interrumpió momentáneamente en los meses siguientes, período durante el cual el incremento nominal acompañó la inflación, por lo cual no se observaron reducciones adicionales.

En junio se produjo una nueva caída (-4,4%), seguida por cierta recuperación en julio (4,3%) y por reducciones consecutivas en los tres meses siguientes. La tendencia decreciente de los años previos, adicionalmente a la fuerte contracción de estos meses, posicionó el salario mínimo en un valor inferior al registrado en 2001, previo a la crisis de la convertibilidad.

Asimismo, según reprodujo NA, esto implica una erosión de casi el 60% frente al valor máximo de la serie, en septiembre de 2011.

El salario promedio de los trabajadores formales relevado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) también registró una fuerte contracción entre noviembre y diciembre del año pasado.

Aunque, con la desaceleración de la inflación, sumado a las negociaciones salariales en el marco de los acuerdos paritarios, permitieron, primero, evitar que la caída del poder de compra de los haberes continúe y, luego, que comience un proceso de recuperación.

En agosto, este índice registró un aumento de 0,8%, y de 0,3% en septiembre.

A pesar de ello, a septiembre de 2024 (último dato disponible) el poder de compra de los salarios promedio continuaba siendo inferior en 1,5% al valor de noviembre. Sin embargo, el porcentaje de aumento se atenuó marcadamente desde agosto.

El panorama de agosto y septiembre resulta más crítico cuando se analizan las cifras de remuneración promedio de los asalariados registrados del sector privado proveniente del SIPA.

Luego de crecer en términos reales en el mes de junio (+4%) y julio (+2,8%), en agosto experimentó una caída de 2,5% y en septiembre, los datos preliminares difundidos por la Secretaría de Trabajo dan cuenta de una nueva caída, del 1%.

Esto implica una pérdida de poder adquisitivo de 3% abajo del registro de noviembre de 2023. A su vez, acumulaba una caída del orden de 20% respecto del máximo de la serie registrado en mayo de 2013.

Fuente: Ahora

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