Proponen sancionar a quienes agredan a trabajadores de la salud o la educación

Tanto en el Senado como en Diputados hay legisladores interesados en sancionar a quienes agredan a trabajadores de Salud o de Educación.

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Hacia mediados de mayo se analizó un proyecto de similares características que apunta a proteger a los trabajadores de los efectores de salud, públicos y privados de la provincia, que muchas veces, sobre todo en las guardias que responden a urgencias, son agredidos por acompañantes o familiares de pacientes.

Para impulsar estos debates también se ha tenido en cuenta que en los últimos tiempos son recurrentes los episodios de tensión que se dan dentro de los establecimientos escolares que tienen como víctima a los trabajadores que allí se desempeñan y como agresores a quienes toman posturas en nombre de los alumnos.

Agresiones verbales, insultos, faltas de respeto y escándalos perturbadores, para maestros, ordenanzas o alumnos, se dan en establecimientos educativos, tanto de gestión pública como privada, y esto lleva a proponer un marco sancionatorio en protección del proceso educativo.
Se trata de darle al Estado una herramienta para actuar y proteger a los trabajadores de las escuelas.

Iniciativa

En este aspecto, el diputado Esteban Vitor (Cambiemos), propuso, a través de un proyecto de ley, que se apliquen sanciones que van desde el arresto de uno hasta ocho días hasta las multas pecuniarias, que alcanzan hasta los 15 mil pesos, a las personas que agredan a trabajadores de la Educación y de la Salud atendiendo a la cantidad de casos que se han registrado en esos ámbitos y ante la urgente necesidad de protección que merecen estos trabajadores, como los de cualquier otro sector vulnerable de sufrir mal trato.

Por eso, y a través de un proyecto de ley que ya tiene estado parlamentario, Vitor propone la tipificación contravencional de los hechos de violencia y las agresiones de las que son víctimas los trabajadores, con su incorporación al Código de Contravenciones Policiales, sancionado mediante Ley Provincial N° 3.815.

Para el proyecto Vitor tomó como base una ley de la provincia de Buenos Aires y Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

"Si bien las normas de la provincia de Buenos Aires y la de la CABA han sido inspiradoras en cuanto a las acciones que se castigan, las sanciones que se prevén –de arresto y multas- fueron cuantificadas en consonancia con las previstas para otras figuras en nuestra Ley de contravenciones vigentes y las previstas en el Código Penal para delitos como el de exhibiciones obscenas o lesiones culposas, todo ello con el fin de que guarden coherencia con el resto del ordenamiento", explicó Vitor al marcar la diferenciación con esas dos leyes.

Vitor propone incorporar un artículo 45 bis a la Ley Provincial N° 3.815, que sería, para el caso educativo, el siguiente: "Será sancionada con arresto de uno (1) a ocho (8) días o multa de Pesos Un Mil ($1.000) a Pesos Quince Mil ($15.000), la persona que, invocando un vínculo con un alumno, dentro de un establecimiento educativo público, de gestión privada o privado al que éste concurra, o en las inmediaciones del mismo, realice cualquiera de las siguientes acciones: Hostigue, maltratare, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la educación, sea docente o no; insulte a un trabajador de la educación, sea docente o no; ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación, sea docente o no; arroje contra un trabajador de la educación, sea docente o no, o contra un bien de utilidad educativa, elementos de cualquier naturaleza; ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente o perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa.

La sanción se duplicará si las acciones descriptas en el presente se cometen frente a alumnos".

Y, en igual sintonía, se introduciría como artículo 45 ter. de la Ley Provincial N° 3.815, para la salud, el siguiente: "Será sancionada con arresto de uno a ocho días o multa de 1.000 a 15.000 pesos la persona que dentro de un establecimiento público que brinde prestaciones de salud, o en las inmediaciones del mismo, realice cualquiera de las siguientes acciones: Hostigue, maltratare, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la salud, sea profesional o no; insulte a un trabajador de la salud, sea profesional o no; ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la salud, sea profesional o no; arroje contra un trabajador de la salud, sea profesional o no, o contra un bien de utilidad sanitaria, elementos de cualquier naturaleza; ingrese sin autorización a áreas de uso restringido del establecimiento de salud y no se retire a requerimiento del personal o perturbe de cualquier manera el servicio de prestación de salud."

Senado

Iniciativas de similar tenor se analizan en el Senado desde los primeros meses de este año.

En el mes de mayo la Comisión de Salud, Medio Ambiente Humano y Drogadicción que preside la senadora de Federal, Nancy Miranda, se reunió para retomar el trabajo sobre el proyecto de ley que, con la modificación de la ley de contravenciones, busca generar un mecanismo para proteger a trabajadores de efectores de salud, públicos y privados, que en su tarea son víctimas de actos violentos.

El proyecto propone que sean sancionados con arresto y multa el paciente, familiar y/o acompañante del paciente que, dentro de un establecimiento de salud, público o privado realice cualquiera de las siguientes acciones: Hostigue, maltrate, menosprecie o perturbe emocional o intelectualmente al trabajador de la salud, en ejercicio de sus funciones; ejerza actos de violencia física, verbal o infiera amenazas injustificadas contra el trabajador de la salud en ejercicio de sus funciones, amenace al profesional y/o trabajador de la salud con arma o similar para que el mismo ejerza, cese u omita su función, y perturbe, impida o altere en cualquier forma la prestación del servicio de los trabajadores de la salud.
La reiteración de los hechos animó al senador Ángel Giano a redactar la iniciativa. "Tenemos que hacer un código de faltas que se adapte a los tiempos, que refleje la realidad", enfatizó el legislador, reiterando el objetivo de "encontrar modos de proteger a los trabajadores de salud".

En la escuela

En junio, en otra reunión en el Senado, en ese caso de la Comisión de Seguridad, se abocó a analizar la incorporación de la violencia escolar dentro de las contravenciones.

La comisión de seguridad debatió posibles cambios en la ley 3815 (Contravenciones Policiales). Analizan sancionar aquellas situaciones de violencia que se den dentro del ámbito escolar y afectan al personal docente y no docente de los establecimientos educativos entrerrianos.

Asistieron el ministro de Gobierno, el Procurador General Jorge García, representantes del CGE y de gremios docentes. Todos se mostraron preocupados por las situaciones que se presentan en el ámbito escolar y dieron su punto de vista, lo que sumaron a las posiciones que con igual actitud fueron sumando legisladores tanto del oficialismo como de la oposición, que frente al tema analizado plantearon posturas muy similares, acotando matices en cada reflexión.

En cuanto a los objetivos de la iniciativa presentada en el Senado, se propone que sea sancionado con arresto de dos a ocho días y multa, equivalente al ciento por ciento del haber mensual de un oficial ayudante según el Escalafón Policial o su equivalente, la persona que alegando o teniendo parentesco y/o representación legal de un alumno realice cualquiera de las siguientes acciones: Hostigue, maltrate, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la educación; insulte a un trabajador de la educación; ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación; arroje contra un trabajador de la educación o contra un bien de utilidad educativa, elementos de cualquier naturaleza; ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente, o perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa.

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