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Ley ómnibus: los empleados públicos tendrán prohibido hacer campaña electoral en horario laboral

El borrador de la ley Bases mantuvo su búsqueda de facilitar mecanismos para achicar la planta del Estado. Se incluyó una nueva prohibición para los trabajadores durante su horario laboral.

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Por Gabriel Ziblat

El empleo público es uno de los grandes temas del Estado que Javier Milei tiene en la mira. Y en el nuevo texto de la ley Bases es uno de los temas que se mantuvo inalterable desde el principio del debate. El objetivo es claro: buscar la manera de lograr reducir la planta de trabajadores permanentes sin violar el estatus inalterable y privilegiado que tienen por sobre el resto de la masa trabajadora.

Entre esas estrategias se incluye una que promete generar polémica. Apunta a uno de los puntales del discurso de Milei cuando critica al empleado público por su militancia política. De aprobarse el texto de la ley ómnibus tal cual está escrito, la participación en actividades partidarias puede terminar siendo causal de despido justificado.

El capítulo IV del nuevo borrador se establece una serie de modificaciones a la ley marco de regulación del empleo público nacional. En uno de los artículos, el 47, se agrega un ítem a las prohibiciones que tiene un empleado público. A saber: «Realizar durante sus horas laborales del servicio público cualquier tipo de tareas vinculadas a campañas electorales y/o partidarias».

El desafío, en caso de aprobarse la ley ómnibus, será determinar los alcances y qué significa ese «cualquier tipo de tareas». ¿El activismo en redes sociales es una actividad partidaria? ¿O solamente se refiere a participar de actos o manifestaciones?

El artículo en cuestión toca sobre un punto clave del empleado público, sin distinción partidaria. Pasa en el peronismo y también en el radicalismo o el PRO. Trabajadores que son presionados o hasta obligados para participar de actividades proselitistas. Panfletear en una plaza o esquina, timbrear o generar bulto en un acto de campaña. Sin distinción de horarios.  

La prohibición que se incorpora sería la décima en la lista existente en el artículo 24 de la ley sancionada en 1999. Son, por ejemplo,  patrocinar trámites o gestiones administrativas de terceros, recibir beneficios de contratos o concesiones, aceptar dádivas, realizar actos de discriminación o hacer uso indebido del patrimonio estatal, entre otras. Ya había un inciso que hacía referencia a cuestiones políticas, el «e»: «Valerse directa o indirectamente de facultades o prerrogativas inherentes a sus funciones para fines ajenos a dicha función o para realizar proselitismo o acción política». La prohibición que se agrega ahora es más amplia todavía y apunta a cualquier tipo de tareas partidarias o electoralistas en horario laboral.

Otro artículo siguiente de la ley de empleo público establece que son causales para imponer la exoneración de un agente «la violación de las prohibiciones previstas en el artículo 24». Es decir que aquel que en su horario laboral realice actividades proselitistas puede terminar siendo exonerado.

En el dictamen anterior, que había sido tratado en enero, ya estaba este artículo en cuestión. Era el 424, número que permite entender por qué pasó más desapercibido entre tantos puntos en discusión. Ahora, es un tema que puede generar ruido, incluso entre opositores dialoguistas acostumbrados a las viejas mañas de la política.

Reformas en el empleo público

Uno de los puntos centrales de la reforma en lo que a los trabajadores del Estado se refiere está en el artículo 42. Allí establece que aquellos empleados públicos alcanzados por la reestructuración, ya sea por la eliminación de dependencias o por reasignación de funciones, quedarán «en situación de disponibilidad» durante un año. 

En ese período, los trabajadores deberán recibir capacitación o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado. Sin embargo, si después de ese año el empleado no consiguió formalizar una nueva relación laboral «quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública Nacional».

En un contexto de cierre de ministerios, secretarías u organismos, está resolución puede ser clave para el objetivo de Javier Milei de seguir achicando la masa de trabajadores del Estado.

Fuente: Mdzol

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Nacionales

Aumentó el costo del DNI y de otros trámites del Renaper

El Gobierno nacional actualizó los valores de los documentos del Registro Nacional de las Personas (Renaper). De esta manera, el monto base del documento nacional de identidad (DNI) pasará a $7.500. Las modificaciones abarcan tanto los procedimientos para ciudadanos argentinos como para personas extranjeras.

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La actualización se hizo efectiva mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 93/2025, que aprueba el nuevo cuadro tarifario del Renaper, organismo dependiente de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, que funciona dentro de la cartera que comanda Guillermo Francos.

Las modificaciones abarcan tanto los trámites para ciudadanos argentinos como para personas extranjeras, así como los servicios adicionales relacionados con la validación y verificación de datos.

Los nuevos valores del DNI
Hasta hoy, el monto base del DNI era de 3 mil pesos, con un valor máximo de 13 mil. Ahora, los montos quedaron establecidos de la siguiente manera:

DNI recién nacido (de 0 a 6 meses): este trámite no tiene costo.
Primer DNI (carta de ciudadanía y opción de nacionalidad): el costo es de $7.500.
Actualizaciones de DNI (5/8 años y 14 años): se mantienen en $7.500.
Nuevo ejemplar de DNI (por actualización de datos, cambio de domicilio, adopción, entre otros): también tiene un valor de $7.500.
Trámite exprés: para obtener el DNI en 24 horas hábiles, el valor asciende a $22.000, mientras que el servicio al instante (en oficinas habilitadas) cuesta $33.000.
Trámites para personas extranjeras
Primera identificación para ciudadanos del MERCOSUR y Estados asociados (menores de 14 años y mayores con residencia temporaria): $14.000.
Actualización de DNI para extranjeros (de 5 a 8 años y 14 años): este trámite también tiene un costo de $14.000.
Nuevo ejemplar de DNI para extranjeros: $14.000.
Servicios adicionales
Servicios de validación mediante tecnología API REST: el costo de la transacción varía, con tarifas que van desde $40 para hasta 35.000 transacciones mensuales, hasta $15 para más de 2 millones de transacciones.
Verificación de pasaporte y prueba de vida pasiva: ambos servicios tienen un valor de $50.
Además, el Renaper también estableció tarifas para la fabricación de credenciales diplomáticas y no diplomáticas, que ascienden a $22.000.

Por otro lado, se mantienen exenciones para personas que no puedan costear los pagos, como aquellas que carecen de recursos económicos o que necesiten un nuevo ejemplar de DNI por errores formales dentro de los 90 días posteriores a la entrega del documento.

Este ajuste en las tarifas busca reflejar los costos asociados con la emisión de los documentos, así como la implementación de nuevas tecnologías para mejorar la eficiencia en los trámites.

Dentro de sus argumentos, el Gobierno nacional asegura que "los recursos que ingresen a la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas en virtud de la prestación del servicio de validación de datos, identidad y biometría por vía web, de conformidad con los convenios que ésta suscriba, serán afectados a la modernización y fortalecimiento institucional".

Fuente: Infobae

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