Judiciales
La Justicia obliga a un excura a devolver plata al Estado
Claudio Toso, un excura que estuvo como empleado del Ministerio de Salud hasta 2011, y cumplió la misión de capellán del Hospital San Martín, perdió un pleito que inició contra el Estado, que le reclamó que devuelva salarios cobrados indebidos.

Toso se desempeñó en el escalafón general en la categoría 10 «clero» en el Hospital San Martín, de Paraná, hasta que dejó los hábitos. Según un informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, a partir de un dictamen del Departamento Liquidaciones,»el agente en cuestión percibió haberes de manera indebida durante el período del 18/02/11 al 01/10/12, notificándose al mismo e intimándolo a la devolución de dichas sumas».
La historia mezcla un reclamo laboral con cierta desprolijidad que suele reinar en la Administración Pública: Toso empezó a trabajar como capellán en el Hospital San Martín pero no logró cobrar su salario sino hasta un año después. Entonces, cuando renunció entendió que lo que le pagaron después de haber dejado los hábitos -y por tanto su función de capellán- podría computarse como «compensación» por el tiempo en el que trabajó sin percibir salario.
Su razonamiento no fue compartido por el Estado, que le exigió que devuelva las sumas percibidas en forma indebida.
En su descargo, Toso explicó que fue nombrado capellán del Hospital San Martín, de Paraná, a partir del 12 de agosto de 2004, aunque el primer sueldo, contó, recién lo percibió en el mes de julio de 2005, «quedando los meses laborados de agosto de 2004 a junio de 2005, más aguinaldos, sin ser abonados hasta la fecha».
Fue por eso que Toso -que dejó de ser cura en 2011- pidió que «se compense» la suma de dinero que se le adeuda correspondiente al período de agosto de 2004 a junio de 2005 con el reclamo del reintegro de lo indebidamente percibido desde febrero de 2011 a setiembre de 2012. Su razonamiento no fue compartido por la patronal, el Estado.
Los registros del Ministerio de Salud indican que Toso «cumplió funciones en el citado nosocomio desde el 01/06/05 hasta el 02/10/06 como capellán suplente y desde el 03/10/06 hasta el 27/12/06 donde se le reconoció la estabilidad laboral y a partir del 28/12/06 como personal de planta permanente hasta su renuncia en fecha 17/02/11, informando además que el agente Toso percibió haberes desde el 01/06/05, fecha en la que comenzó prestar servicios en el Hospital San Martín, de Paraná».
En el asunto intervinieron la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección de Sumarios de la Fiscalía de Estado, y la resolución fue coincidente: que corresponde «rechazar la compensación interesada por el agente Claudio Alberto Toso y en consecuencia se acepte su renuncia al cargo que ostentaba el mismo a partir del 18 de febrero de 2011, y proceder al reintegro de los haberes percibidos indebidamente en el período comprendido desde su renuncia hasta el mes de setiembre de 2012».
A través del decreto N° 275 del Ministerio de Salud, fechado el 26 de febrero de 2020, se lo intimó «a fin de que procesa a la devolución de las sumas percibidas indebidamente» por un total de $ 78.197,34, durante el período comprendido desde el 18 de febrero de 2011 al mes de setiembre del 2012.

Judiciales
El exministro Pedro Báez pidió ser excarcelado como Urribarri y Aguilera
Luego del fallo del Superior Tribunal de Justicia que habilitó la feria para tratar la impugnación extraordinaria de Sergio Urribarri y Juan Pablo Aguilera contra la prisión preventiva y luego los liberó, el otro condenado por corrupción, Pedro Báez, solicitó recibir el mismo beneficio.

Este mismo miércoles, el abogado defensor del exministro de Comunicación y Cultura, Ignacio Díaz, presentó el pedido de habilitación de feria al STJ para que se haga extensivo el criterio aplicado en el caso Urribarri a su situación, que es muy similar.
Báez fue encarcelado el 22 de noviembre, tres días después que el exmandatario y su cuñado, ya que la discusión sobre la prisión preventiva corre por separado, pero en el marco de la misma causa ya que fueron condenados juntos en el megajuicio por delitos contra la administración pública.
Los vocales del STJ Leonardo Portela y Germán Carlomagno habilitaron la feria judicial solicitada por los defensores de Urribarri y Aguilera, en una polémica medida que fue catalogada como inconstitucional por parte del otro vocal que intervino, Miguel Giorgio, ya que generó una situación de desigualdad ante la Ley respecto de otros presos. En pocas horas, resolvieron la anulación de la prisión preventiva.
El fiscal debe responder
De esta manera, en horas de la tarde de este miércoles Díaz, junto al codefensor José Velázquez, presentaron la solicitud para que se extienda la liberación de Báez bajo los mismos parámetros a los otros dos condenados.
Hasta la tarde de este jueves el fiscal coordinador en feria, Leandro Dato, tiene tiempo para responder al pedido de los defensores. Luego los vocales deberán responder al respecto.
Cabe recordar que hasta este viernes los mencionados vocales del STJ son los que continúan de turno en feria. El sábado ingresa Claudia Mizawak por Carlomagno, pero la magistrada ya se había excusado de intervenir en esta causa, por lo que debería ser subrogada por el juez en feria que continúe en la escala jerárquica del Poder Judicial.
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