Según datos obtenidos del Instituto Nacional del Agua (INA) y otras instituciones académicas, las alturas hidrométricas del río Paraná en la provincia de Entre Ríos se encuentran en valores de bajante histórica que no se registran desde enero del año 1989.
Este fenómeno se debe principalmente a que en los últimos meses se han registrado precipitaciones por debajo de lo normal, tanto en la cuenca alta y media del río Paraná (Brasil), como en los afluentes del río Paraguay donde los niveles de precipitación y bajante también son persistentes. Esta situación análoga en las dos cuencas principales provoca que el río Paraná en el tramo medio o argentino -a la altura de las provincias de Chaco o Corrientes- presente los niveles hidrométricos más bajos de los últimos 50 años. En el tramo bajo o deltaico del río Paraná se están registrando valores de bajante que no se observaban hace más de 30 años.
Esta situación complica la navegación del río y afecta los recursos naturales ictícolas. Los pronósticos son que los valores de caudal del río se mantendrán en valores acotados, se monitorean constantemente las proyecciones climáticas.
La dinámica de la población de peces que transitan sobre el río Paraná, depende de los ciclos hidrológicos y climáticos, esta situación extraordinaria del río bajo perjudica la reproducción y el crecimiento natural de ciertas poblaciones de peces.
Resguardo del recurso
En este contexto ambiental, la Dirección de Recursos Naturales, dependiente de la Secretaria de Agricultura y Ganadería del Ministerio de Producción de la provincia, está evaluando la factibilidad de establecer una veda de pesca sobre las especies de peces que se encuentran en peligro, dada esta bajante extraordinaria del río Paraná.
La Secretaría de Agricultura y Ganadería de la provincia, a través de la Dirección General de Fiscalización; en colaboración con Prefectura Naval Argentina y la Dirección de Prevención de Delitos Rurales de la Policía de Entre Ríos están tomando las medidas tendientes al resguardo del recurso ictícola, en especial sobre las especies protegidas, haciendo cumplir con la ley provincial de pesca N°4892, resoluciones y dictámenes complementarios y las medidas de restricción sobre las actividades en el río previstas por el decreto presidencial de emergencia sanitaria nacional.
Se exhorta todo pescador artesanal y/o de subsistencia a restituir a las aguas, acto seguido de extraerse, los ejemplares cuya longitud sea inferior a la permitida por ley, así mismo de abstenerse de interceptar peces a mano, por medio de aparatos, artes de pesca prohibidos, instalaciones fijas o atajos y todo procedimiento que atente contra la racional conservación de las especies y fomente la depredación del recurso.
Por otra parte, toda actividad que se realice dentro de la Provincia, relacionada con el comercio del pescado fresco o su industrialización, deberá cumplir con la legislación vigente y evitar situaciones de depredación producto de las condiciones imperantes tanto ambientales como sociales.
Se evalúa y considera además la situación social emanada por esta bajante histórica, sobre la población ribereña que se dedica a la actividad de la pesca, la subsistencia y las consecuencias adicionales que tengan este tipo de medidas producto de una restricción y en el contexto de emergencia sanitaria y cuarentena por el COVID 19.