lunes 11 - noviembre 2024

Entre Ríos adhirió al decreto nacional y la medida rige para todos los departamentos

Bordet firmó el decreto provincial Nº 1115 por el cual Entre Ríos adhiere “a todas las medidas dispuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 334/21 del Poder Ejecutivo Nacional”. También se aplicará en los departamentos de Victoria y Federal, de mediano riesgo sanitario.

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En el marco de la estrategia conjunta nacional para reducir los contagios de Coronavirus, Entre Ríos publicó el decreto Nº 1.115 que adhiere "a todas las medidas dispuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 334/21 del Poder Ejecutivo Nacional". Rige hasta el 30 de mayo inclusive y 5 y 6 de junio.

Asimismo, en el artículo segundo se establece que "las medidas dictadas en dicho DNU para los quince departamentos definidos de alto riesgo epidemiológico, también se aplicarán para los departamentos Federal y Victoria, categorizados de mediano riesgo".

Por último, la norma provincial aclara en el artículo tercero que "las actividades exceptuadas de restricciones, tales como el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad; y el retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía, podrán desarrollarse entre las seis y las 23 horas de cada día; pudiendo las autoridades municipales y comunales reducir esta franja horaria, pero no extenderla".

Entre sus fundamentos, el decreto provincial menciona que a través del DNU 334 del 21 de mayo de 2021, el presidente de la Nación estableció, entre otras medidas, la "restricción de circulación nocturna, la cual regirá desde las 18 horas hasta las seis horas del día siguiente, y la "suspensión de la presencialidad en las actividades culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales" para aquellos departamentos en situación de "riesgo sanitario alto". Si bien la norma también suspende "las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios", contiene excepciones para algunas de ellas.

Además, el artículo 15º del DNU Nº 287/21 "faculta a los gobernadores a disponer restricciones temporarias y focalizadas en los lugares bajo su jurisdicción que estén calificados como de riesgo sanitario medio, respecto de la realización de determinadas actividades, por horarios o por zonas, con la finalidad de contener los contagios por Covid-19", cita la norma provincial.

El Ejecutivo entrerriano consideró pertinente "tomar medidas integrales de prevención en todo el territorio", "haciéndoles corresponder a los departamentos Federal y Victoria las mismas pautas y condiciones que el resto de los departamentos de "alto riesgo".

Para finalizar, entre sus fundamentos el decreto de la provincia expresa que "estas medidas que se adoptan, tuvieron y tienen por objeto reducir la circulación, contener la transmisión, y disminuir la mortalidad y morbilidad por COVID-19; buscando también mantener la capacidad de respuesta del sistema de salud provincial y así reducir el riesgo de sobrecarga de los servicios de salud".

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