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Pandemia

El gobierno prohibió los «eventos sociales y familiares» en todo el país

Fue oficializado el período de aislamiento y distanciamiento social, según las distintas regiones, hasta el 16 de agosto. Quedan prohibidos los eventos sociales o familiares hasta el 16 de agosto. El decreto completo.

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El Gobierno oficializó el período de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus hasta el 16 de agosto inclusive, según corresponda en cada región, en lo que implica la novena extensión de la cuarentena que rige desde el 20 de marzo pasado.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 641, el Poder Ejecutivo dispuso la renovación del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de acuerdo a cada región, desde el 3 de agosto hasta el 16 del mismo mes.

El DNU se dictó con el «objeto de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación indelegable del Estado nacional en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de marzo de 2020, y de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la situación epidemiológica existente en las distintas regiones del país con relación al Covid-19», dice el texto.

Mientras el ASPO alcanza al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Jujuy y algunos departamentos de La Pampa, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el distanciamiento social, que implica mayores flexibilizaciones, rige en el resto del país y en los distritos del interior de la provincia de Buenos Aires.

El distanciamiento social fue dispuesto en los «aglomerados urbanos, departamentos o partidos» de provincias que cumplan las condiciones de «no estar definidos por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen «transmisión comunitaria» sostenida del virus», además de que «el tiempo de duplicación de casos confirmados no debe ser inferior a 15 días».

Como parte de las restricciones dispuestas por el ese distanciamiento, el Gobierno ratificó que quedan prohibidos los «eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas», además de los «eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente».

La infracción a esa última norma «deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal», añade el DNU.

También está prohibida la «práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes», del mismo modo que los cines, teatros, clubes y centros culturales.

Además, el DNU ratifica la limitación del servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional sólo para los «casos» de actividades esenciales, y se sostiene la restricción para el turismo.

Para las zonas alcanzadas por el ASPO, en tanto, queda prohibido también el «dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades», además de «eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas», y «centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes».

Las restricciones del ASPO alcanzan asimismo al servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, con excepción de los trabajadores esenciales, y las actividades turísticas.

De esta forma, para las regiones bajo distanciamiento social, como Entre Ríos, se especificaron las prohibiciones, que comprenden reuniones sociales y familiares en espacios cerrados.

Actividades prohibidas

-Realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas. Los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a DOS (2) metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control del cumplimiento de estas normas.

Quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

-Práctica de cualquier deporte donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes. Los mismos deberán realizarse, preferentemente en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente un protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a DOS (2) metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control de su cumplimiento.

-Cines, teatros, clubes, centros culturales.

-Servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados por el artículo 23 del presente.

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Pandemia

Casi 100.000 nuevos contagios en las últimas 24 horas

En su sitio web oficial, el Ministerio de Salud informó que se produjeron 96.652 nuevos contagios en las últimas 24 horas y 88 fallecidos.

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Además de los datos anteriores, el Ministerio de Salud también dio a conocer que ascienden a 1.965 los internados por Covid en unidades de terapia intensiva de todo el país. Así, con estos datos asciende a 117.989 la cifra de los fallecidos y a 7.029.624 la de los los contagiados desde el inicio de la pandemia.

De los 7.029.624 contagiados, 5.978.073 ya recibieron el alta médica, en tanto que 933.562 casos permanecen activos. El reporte también señaló que este sábado fueron reportados como fallecidos 48 hombres y 40 mujeres, y una persona fue reportada sin dato de sexo.

Por provincia

Se registraron en la provincia de Entre Ríos, 1.634; en Santa Fe, 8.196; en Buenos Aires 34.830 casos; en la Ciudad de Buenos Aires, 12.167; en Catamarca, 1.020; en Chaco, 1.896; en Chubut, 904; en Corrientes, 261; en Córdoba, 13.568; en Formosa, 1.349; en Jujuy, 2.198; en La Pampa, 683; en La Rioja, 296; en Mendoza, 3.148; en Misiones, 397; en Neuquén, 1.651; en Río Negro, 649; en Salta, 2.521; en San Juan, 2.036; en San Luis, 1.987; en Santa Cruz, 625; en Santiago del Estero, 2.400, en Tierra del Fuego, 292 y en Tucumán, 3.242.

Acumulados

El total de acumulados por distrito indica que la provincia de Buenos Aires suma 2.699.028 casos; la Ciudad de Buenos Aires, 766.492; Catamarca, 67.231; Chaco, 129.356; Chubut, 97.169; Corrientes, 109.709; Córdoba, 769.807; Entre Ríos, 163.466; Formosa, 75.445; Jujuy, 75.416; La Pampa, 84.513; La Rioja, 38.185; Mendoza, 213.939; Misiones, 42.557; Neuquén, 142.215; Río Negro, 122.298; Salta, 131.094; San Juan, 97.952; San Luis, 105.632; Santa Cruz, 77.126; Santa Fe, 600.893; Santiago del Estero, 111.128; Tierra del Fuego, 37.800 y Tucumán, 271.173.

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