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Opinión

Cuestionan el dragado del Uruguay a 34 pies: «Debe adecuarse la modalidad del transporte fluvial a las características del río»

Para el Dr. Edison González Lapeyre, profesor de Derecho Internacional, extécnico del Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay y corredactor del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, así como también exdelegado en CARU y en la CARP (Comisión Administradora del Río de la Plata), "la ecuación costo beneficio de un dragado a 34 pies en los pasos del río Uruguay no justificaría la inversión requerida para estas obras, que estima en un monto no menor a los 120 millones de dólares y un mantenimiento anual de unos 11 millones de dólares.

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"Igualmente –aclaró-, debe tenerse presente que esta estimación refiere a una iniciativa para la que no existe un proyecto definitivo ni mucho menos, sino que se está en los pasos correspondientes a estudios de prefactibilidad para ingresar en factibilidad e impacto ambiental, y que además no se ha establecido si comprende solo hasta Concepción del Uruguay o si habrá una etapa hasta Paysandú, lo que se considera improbable".

«Personalmente considero que cuando se trata de proyectos e iniciativas de este tipo, se debe proceder con suma cautela, analizando con cuidado la ecuación costo-beneficio y, en particular, el mercado que se va a captar. El área acuática está jalonada por grandes frustraciones que, en su mayoría, se produjeron por el mal asesoramiento de los que las promovieron. Son múltiples los ejemplos que podríamos dar, pero creo que basta con mencionar el puerto de aguas profundas de Rocha, lo que aconteció con los buques Alianza del Plata, Provincias Unidas, Paysandú y Expreso del Plata, el puerto pesquero de Capurro y con la Hidrovía del Río Uruguay".

«la experiencia indica que debe adecuarse la modalidad del transporte fluvial a las características del río, y no el río al tipo de barco que se quiere utilizar»

González Lapeyre

Recordó que "hace 120 años llegaban a la ciudad de Salto buques de pasajeros y carga de manera fluida y periódica y en aquellos tiempos las profundidades eran las naturales del río. La reactivación de los puertos de Fray Bentos y Paysandú no pasa por la profundización del canal, pasa por la captación de las cargas, por el estímulo que el transporte por agua debe recibir del Estado, por el combate a la discriminación que existe a favor del transporte terrestre, pasa por el acuerdo con las empresas navieras y con los productores".

Fuente: El Telégrafo

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Gualeguaychú

Beherán: «Nahir Galarza tuvo un juicio justo y sólo queda cumplir la condena»

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A pocas horas de conocerse el rechazo de la Corte Suprema de Justicia al último recurso que presentó la defensa técnica de Nahir Galarza, condenada por asesinar a Fernando Pastorizzo, el portal R2820 habló con dos de los protagonistas de aquel juicio emblemático para la Justicia de Gualeguaychú.

Rubén Virue, abogado que represento a la madre de Fernando Pastorizzo -Silvia Mantegazza- indicó que «la decisión de la Corte no significa nada nuevo, porque las resoluciones de la Corte quedaron cerradas cuando se rechazó la queja interpuesta por la defensa técnica contra la condena perpetua, y eso fue en el mes de julio de este año. Contra esa decisión de la Corte, la defensa técnica interpuso una suerte de reposición in extremis y planteó la inconstitucionalidad de un artículo del Código de Procedimiento Civil y Comercial que habilita a la Corte a resolver cómo lo hizo, es decir, que no hay agravio federal suficiente y que por lo tanto se rechaza el recurso».

Agregó que «lo único que hizo fue ratificar que esto estaba terminado desde julio cuando la Corte resolvió, en el fondo de la cuestión, no tratar el recurso extraordinario por no haber agravio federal suficiente en los términos del artículo 280 del Código Proceso Civil y Comercial de la Nación».

Virué destacó que se reconoció «el trabajo realizado que involucró desde la investigación penal preparatoria, donde se trabajó en conjunto con los colegas Arrechea y Peragallo por la querella, con Sergio Rondoni Caffa y Lisandro Beherán en la investigación preliminar y en las siguientes instancias».

A su vez, el querellante subrayó que «hubo una observación absoluta del derecho de defensa de la imputada y se resguardaron todos los principios que debe resguardar un proceso penal, en el principio de inocencia y tenemos sentencia del Tribunal de Juicio de Apelaciones de Gualeguaychú, de la Cámara de Casación de Concordia, de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, y luego una queja ante la Corte que también fue delegada y ratificada en este caso».

Respecto del fallo de la Corte agregó que «no había ninguna otra posibilidad, ya que esta reposición en extremis se da exclusivamente en situaciones excepcionalísimas, cuando ha habido errores elementales en una decisión. Pero acá eso no se dio, tuvimos cuatro instancias que se recorrieron unánimemente, no hay ninguna posibilidad de que haya existido ese tipo de errores».

«Fue un juicio justo»

La frase la sintetizó Lisandro Beherán, el jefe de Fiscales de Gualeguaychú y quién impulsó toda la investigación que derivó en la condena a Nahir Galarza.

En alusión al fallo de la Corte aseguró que «estábamos confiados, desde un primer momento, que el trabajo que se había hecho era conforme a derecho, porque a la defensa se le dieron absolutamente todas las posibilidades legales y procesales, tuvo la oportunidad viable del ejercicio de la defensa».

Destacó que «en relación a la joven Galarza fue un juicio justo. Se controló la investigación, previamente al juicio oral de primera instancia, por el juez de Garantías que verificó la actividad de las partes, la labor de la Fiscalía, la actividad de la querella, donde la defensa pudo hacer valer todas las herramientas que le otorga la ley y el juez de Garantías convalidó absolutamente la legalidad del proceso».

«Eso se ratificó luego en el juicio, oralidad mediante y publicidad mediante porque este juicio fue público y tuvo una trascendencia muy importante. El juicio no tuvo ninguna anomalía. Sin perjuicio de ello y condena mediante, las defensas siguieron insistiendo ante otros tribunales donde Concordia convalidó la primera instancia, luego intervino la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia. Ahora, en julio, el Procurador de la Corte valoró todas las instancias y las quejas de la defensa. A pesar de eso, entendió que el juicio era justo y conforme a derecho», expresó Beherán.

Valoró que para la Corte «en ningún momento, ninguna de las partes se había apartado un ápice de lo que es el rigor de la ley. Ahora, la Corte dijo nosotros ya resolvimos este tema y no tenemos que volver a resolver sobre lo que ya está resuelto. Esto era un intento que ya ni siquiera está contemplado la ley procesal», resumió.

«La Corte dio por cerrado el tema en el mes de julio. Ahora el paso que ya comenzó es que hay que cumplir con la condena porque fue un hecho penal y social muy grave como es la muerte de un joven a esa temprana edad, y hay una consecuencia jurídica que establece la ley que es la pena. Y ahora hay que empezar con el cumplimiento de la pena», cerró Lisandro Beherán.

Fuente: r2820

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