Qué ocurrió en Maciá
Mediante resolución Nº110/21 del 5 de marzo de 2021, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dispuso llamar a concurso abierto de oposición y antecedentes para cubrir los cargos de secretario de primera categoría del Juzgado de Paz de Diamante; y de segunda categoría en el Juzgado de Paz de Maciá.
En el caso de Maciá, el orden de mérito de ese concursó resultó así: Fátima Evangelina Peralta quedó en primer lugar al obtener 82,45 de puntaje en el concurso convocado por el Consejo de la Magistratura; María Laura Arizaga, 70,80 puntos, y quedó en segundo término; Ana María Albornoz consiguió 69,80 puntos y se ubicó en tercer lugar; Lautaro Caballero, con 69,30 puntos, en cuarto lugar; en quinto puesto, José Mariano Stegbañer, con 65,80 puntos.
De modo que Fátima Evangelina Peralta asumió su cargo, aunque en marzo pidió licencia, y la cobertura no se hizo según el orden de mérito sino que asumió quien había quedado ubicado en quinto lugar, José Mariano Stegbañer. La situación fue alertada por la sección Tala del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos.
"Somos concientes de que como profesionales del Derecho debemos ser garantes del apego a las normas y pasar por alto un orden de méritos vigente en razón de la discrecionalidad, no solo resulta contrario a Derecho sino que atenta contra la seriedad y transparencia de procesos de selección de jueces y secretarios que debe imperar en los concursos, y asimismo resulta sumamente perjudicial para aquellos colegas que han atravesado el proceso de selección, destinando tiempo a ese fin que luego ven frustrados sus derechos por la simple discrecionalidad para la cobertura de las suplencias", dice la nota que presentó ante la presidencia del STJ la sección Tala del Colegio de la Abogacía, con la firma de su presidenta, Patricia Carruego, y del vicepresidente, César Hilgemberg.
Luego de la realización del concurso para cubrir el cargo de secretario del Juzgado de Paz de Maciá, se selecciona para cubrir la vacante a quien quedó en primer lugar en el orden de mérito: Fátima Peralta. Esa funcionaria se alejó de su función en marzo tras pedir una licencia, y el mecanismo establece que quien debe suplirla es quien sigue en la lista de orden de mérito, principio que tiene vigencia durante dos años.
Pero la cobertura del cargo de secretario del Juzgado de Paz de Maciá no ocurrió tal cual lo establece la normativa y no se apeló a ese orden de mérito. "Se nombró a quien estaba en el quinto lugar en ese orden de mérito. No reprochamos los méritos del profesional que asumió en la función. Pero sí nuestra función es defender el ejercicio profesional y corresponde que hagamos el reclamo. Si no se llama a un concurso para cubrir un cargo con transparencia y resulta que después se deja abierto a la discrecionalidad de cada juez. Es una irregularidad que no dejamos pasar", agregó.
Fuente: Entre Ríos Ahora - FM Dimensión