Sociedad
Declaran inconstitucional exigir el libre deuda para renovar el carnet de conducir
El STJ rechazó el recurso de apelación del municipio de Concordia contra el fallo que ordenó que se le reanude el trámite de renovación de la licencia de conducir a una ciudadana sin exigirle el libre deuda.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió establecer que no existe nulidad y rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Concordia, contra la sentencia de la Vocal suplente del Tribunal de Juicio y Apelaciones, María del Luján Giorgio quien dictaminó disponer que se reanude el trámite de renovación de la licencia de conducir de una ciudadana, absteniéndose de exigirle el requisito de libre deuda. De esta manera, el STJ confirmó la inconstitucionalidad del artículo Nº 1 de la Ordenanza Nº 34997. La medida tiene efecto sobre este caso en particular y no está firme.
El Tribunal integrado por los Vocales, Bernardo Salduna, Susana Medina, Germán Carlomagno y Daniel Carubia, resolvió declarar inconstitucional la exigencia del libre deuda de tasas o multas para renovar el carnet de conducir.
En los fundamentos de su voto, Salduna consideró que " la manda Municipal se excede respecto de la Ley Nacional de Tránsito que pretende reglamentar; y, se presenta extorsiva, abusiva, meramente pecuniaria y con el solo fin recaudatorio. Por consiguiente, redunda en beneficio de la pereza de la demandada en no hacerse de sus créditos por las vías que el ordenamiento jurídico pone a su alcance y que garantizan de forma rápida y expeditiva el cobro del crédito, observando el derecho de defensa del administrado".
También razonó que "requerir al ciudadano que acredite la inexistencia de deuda exigible, es restrictivo respecto de sus derechos individuales; y, la consecuencia es de tal magnitud que dispone una sanción de tipo penal vía Ordenanza Municipal. La exigencia aparece desproporcionada y en nada ayuda respecto de la seguridad del tránsito vehicular; ni, garantiza una mejor aptitud del eventual conductor del rodado. Porque y aunque obvio, aun cuando la señora Torcello abone los conceptos que supuestamente adeuda, ello no la convierte de forma automática en una prudente y habilidosa conductora".
Salduna también consideró que "el art. 1 de la Ordenanza Nº 34997 altera, en los términos del art. 28 CN, "los principios, garantías y derechos" reconocidos por la Carta Magna. En tanto, no se presenta proporcional al fin que debe perseguir; ni, guarda relación de causalidad con ese mismo objetivo. Precisamente, allí es donde el poder de policía de la accionada se desentiende entre el medio y el fin. Esto es: las normas reglamentarias pueden determinar la forma y modo de cómo han de ejercerse los derechos y garantías reconocidos por la Constitución; sin embargo, esa reglamentación de ninguna manera deberá obstaculizar, entorpecer o distorsionar el ejercicio de los principios, garantías y derechos constitucionales".
A los fundamentos del Vocal Salduna adhirieron los demás integrantes del Tribunal.
Antecedentes
Una ciudadana presentó una acción de amparo contra la Municipalidad de Concordia, para que se declare la inconstitucionalidad de toda norma o acto de hecho que en la administración de esa comuna se impida u obstaculice la renovación de la licencia de conducir, y que se disponga la autorización para poder concluir el trámite sin el requisito del certificado de Libre Deuda. Tenía deudas por infracciones y otros conceptos tributarios de órbita municipal.
María del Luján Giorgio resolvió hacer lugar a la presentación, entendiendo que la acción de amparo es la vía apta para tratar la inconstitucionalidad de una disposición reglamentaria.Al analizar los fundamentos de la presentación realizada por la ciudadana y por parte de la municipalidad, la magistrada entendió que la aplicación del artículo Nº 1 de la Ordenanza Nº 34997 vulnera los derechos constitucionales invocados por la mujer, como el de transitar libremente, de trabajar y desarrollar actividad lícitas. Asimismo destacó que resulta lesivo a los principios supremos de razonabilidad, legalidad e igualdad.

Sociedad
Aumentan los pedidos de cirugías estéticas para asemejarse a las fotos con filtros
La tendencia se repite en especial en mujeres de entre 20 y 30 años buscando modificar sus rasgos y tomando como parámetros la imagen que tienen con los filtros. ¿Qué recomiendan los especialistas?

Esta tendencia ha llevado a un aumento en las consultas y procedimientos de cirugías estéticas en la Argentina, especialmente entre mujeres jóvenes influenciadas por las imágenes con filtros que ven en plataformas como Instagram y TikTok.
El cirujano plástico Luciano Catterino, miembro de la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, señaló en diálogo con MDZ que se han incrementado las consultas de pacientes que buscan alinearse con estándares de belleza promovidos en estas plataformas.
«Las redes sociales han aumentado la consulta de las pacientes por verse con determinados estándares de belleza cada vez más requeridos», indicó Catterino. Este fenómeno es particularmente notable en mujeres de entre 20 y 30 años, quienes buscan tratamientos que reflejen las mejoras estéticas que observan en sus rasgos al colocar filtros sobre sus fotografías.

Según datos de la Sociedad Internacional de Cirugía Plástica Estética (ISAPS), Argentina se posiciona entre los diez países con mayor número de procedimientos estéticos realizados. En 2022, se llevaron a cabo más de un millón de procedimientos estéticos en el país, de los cuales 461.589 fueron quirúrgicos y 554.929 no quirúrgicos. Las cirugías más solicitadas incluyen el aumento mamario y la liposucción.
La influencia de las redes sociales no solo se refleja en la cantidad de procedimientos, sino también en el tipo de intervenciones solicitadas. Catterino destacó que las pacientes suelen buscar tratamientos faciales anti-edad que estimulen la formación de colágeno y elastina para reposicionar el tejido. Entre los procedimientos más demandados se encuentran el láser de Endolift, bioestimuladores como Nuit y Elan-C, y la aplicación de toxina botulínica para las arrugas de expresión. En cuanto a los tratamientos corporales, la lipoaspiración y procedimientos reductores con Endolaser o Endolift son los más requeridos.
Dismorfofobia
La presión social por alcanzar una imagen idealizada puede llevar a una distorsión de la autoimagen, conocida como dismorfofobia. Esta condición se manifiesta en personas que no se aceptan y utilizan filtros para modificar su apariencia. Catterino enfatizó la importancia de que los profesionales sepan decir «no» y establecer límites cuando las expectativas de los pacientes no son realistas, asegurando resultados naturales y armónicos.

En cuanto a los pacientes que llegan con imágenes editadas por filtros de redes sociales y solicitan verse de la misma manera en la vida real, Catterino subrayó la importancia de explicarles que cada cuerpo es único y que los procedimientos deben respetar la fisonomía individual. «La clave está en la formación y experiencia del profesional, quien debe garantizar un resultado natural y armónico sin ceder ante presiones o tendencias pasajeras», reflexionó.
Desde una perspectiva psicológica, el cirujano señaló que la autoestima juega un papel crucial en la decisión de someterse a un tratamiento estético. «Sentirse bien con la propia imagen puede mejorar el bienestar general, pero es fundamental que los pacientes comprendan los límites de la cirugía y los tratamientos no invasivos. Un profesional responsable es aquel que orienta y recomienda intervenciones según las necesidades reales del paciente, sin alimentar expectativas irreales».
La influencia de las redes sociales
Finalmente, Catterino reconoció que la demanda de estos procedimientos sigue en aumento, impulsada por la influencia de las redes sociales. Ante este escenario, recomendó que quienes deseen realizarse un tratamiento estético «acudan a médicos certificados y con la especialización adecuada, ya que la formación académica y la experiencia profesional son clave para garantizar resultados seguros y satisfactorios».
Fuente: Mdzol
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