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Gremiales

La FESTRAM logró un fallo histórico en resguardo de la libertad sindical

La Federación Entrerriana de Sindicatos de Trabajadores Municipales (FESTRAM) que conduce Mario Barberan, dio a conocer que la acción de tutela sindical presentada por el dirigente sindical Gustavo Alba contra la municipalidad de Villa Mantero salió totalmente a su favor, ordenándole al municipio «a que lo instale nuevamente en su puesto de trabajo».

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El Secretario Legal y Técnico de la FESTRAM, Dr. César Cruz, informó que la acción de tutela sindical presentada por el dirigente sindical Gustavo Alba -socio fundador y Secretario General del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Villa Mantero-, salió totalmente a su favor, «ordenándole a la municipalidad a que lo instale nuevamente en el término de tres días en su puesto de trabajo, como chofer del camión regador; actividad que realizó durante más de 25 años«.

Respecto a este punto, el letrado de la FESTRAM agregó que el fallo -considerado ejemplar- es «bajo apercibimiento de que si el municipio no lo restituye dentro de ese plazo, le aplicará una sanción pecuniaria equivalente al 1 por ciento de los haberes de Alba, por cada día de demora en reinstalarlo en dicha tarea, en base al Art. 804 del Código Civil y Comercial de la Nación».

Dr. Cruz: «Esto nos llena de alegría, porque era realmente una injusticia. La Federación está dejando una huella muy importante, ya que se se están tomando los fallos conseguidos como antecedente, en cuanto a la aplicación de la ley 23.551 a los empleados públicos provinciales y municipales».

«Más allá de que el juicio se ganó, quiero resaltar que los dos antecedentes fundamentales que tomó la jueza para resolver a favor de Alba son dos acciones sindicales que inició esta Federación, a través de 'Noni' Rebossio y Adrián Gómez».

Resguardo de la actividad Sindical

Por último, El Dr. Cruz señaló que para afectar a un dirigente gremial «no hace falte que se le cambie su remuneración. Como en este caso, el cambio de tareas y el cambio de horarios de trabajo es también una afectación a las condiciones laborales, y constituye una afectación a la libertad sindical de un dirigente gremial«.

Villa Mantero.

El fallo reviste una enorme importancia para la tarea gremial, «ya que reconoce que aun como Secretario General de Villa Mantero sin inscripción gremial, también goza de las prerrogativas de la ley 23.551». Al mismo tiempo, deja en claro que los juzgados laborales de la provincia son competentes para estas acciones: «ante la intención de cambiar las condiciones de trabajo de un dirigente gremial, primero debe pedirse autorización al juzgado de trabajo», cerró el letrado.

El Fallo

I) Haciendo lugar a la Acción Sumarísima de Protección de Tutela Sindical impetrada por GUSTAVO DANIEL ALBA contra MUNICIPALIDAD DE VILLA MANTERO, y en consecuencia condenándola para que en el plazo de tres días proceda al restablecimento en el puesto de trabajo al actor en las condiciones que revistaba como chofer de camión regador, bajo apercibimiento de aplicación de astreintes -art. 804 del C.C. y C.- equivalentes al 1% diario de los haberes netos mensuales del reclamante por día de mora, en caso de incumplimiento y hasta el cese de la conducta omisiva.-

II) Costas a la demandada, arts. 38 del C.P.L. y 65 del C.P.C.C.-

III) Regulando los honorarios de los Dres. CESAR RUBEN CRUZ y VERONICA MARIA FENOCHIO en las respectivas sumas de pesos CATORCE MIL CUARENTA (19,5 Js. a $ 720 c/u) y DIEZ MIL OCHOCIENTOS (15 Js.) arts. 1, 3, 5, 29, 30, 31, 61 y 98 de la ley 7046, los que deberán abonarse en el plazo de ley, más IVA si correspondiere.-

Regístrese, notifíquese, repóngase por la demandada la tasa de Justicia, cuyo ingreso deberá acreditar documentalmente dentro del plazo de cinco días -art. 4 de la ley 10.056-, bajo apercibimientos de su cobro por vía de apremio, y oportunamente archívese.

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Educación

Sin acuerdo, pasó a un cuarto intermedio la reunión entre el gobierno y docentes

El secretario general del Consejo General de Educación (CGE), Conrado Lamboglia, informó que pasó a un cuarto intermedio el diálogo con los gremios docentes frente a los errores en la liquidación de haberes de noviembre.

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Tras una extensa reunión de hoy, volverán a reunirse este miércoles a las 9 de la mañana. "Hay detalles a seguir definiendo", indicó Lamboglia, quien informó que "todo lo que se vaya a resolver, se va a pagar por complementaria".

Uno de los contrapuntos de la reunión tiene que ver con los motivos de los descuentos. Desde la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), su secretario Gremial Marcelo Pagani dijo que "planteamos la devolución total", incluidos los paros. "Entendemos que el derecho a huelga debe ser sin descuentos", afirmó.

En tanto, el funcionario del CGE aclaró que "los días no trabajados son días que no se pagan; es una decisión política tomada con anterioridad".

Recordó además que "no fue parte de ninguna negociación paritaria". "Ahora estamos viendo cuestiones relacionadas a la forma en que se liquidaron los haberes", señaló.

Por otro lado, desde Agmer aseguraron que "la situación es gravísima". Para Pagani, los descuentos "significan poner en riesgo la posibilidad de comer, de pagar alquiler y servicios".

Planteó, asimismo, que "la responsabilidad del Estado es liquidar los salarios como corresponde".

Fuente: Ahora

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